miércoles, 3 de abril de 2013


FORTALEZAS


  • Son parte del sistema Rector Nacional de Protección
  •  Aporta formación para padres, representantes, estudiantes, docentes, personal directivo, administrativo y obreros, por medio de sesiones educativas que permiten brindar conocimientos, información sobre la LOPNNA, otros temas como: deberes y derechos, derechos humanos, valores en familia... y también actúa de forma preventivas con temas como: VIH-SIDA, Salud Sexual y Reproductiva......con el apoyo de otras organizaciones.
  • Crea conciencia en cuanto a valores.
  • Dar a conocer la LOPNNA para aportar una mayor conciencia dentro del ámbito educativo lo cual va a permitir solventar conflictos o problemas, por la vía de la conciliación, la mediación, aplicando las normativas de las instituciones.
FUNDAMENTOS DE ACTUACIÓN


EL servicio de Defensoría de Niños, Niñas  y  Adolescentes tiene su fundamento legal en:
  • Artículo 4 de la ley Aprobatoria de la Convención Internacional sobre los derechos del Niño.   (Gaceta Oficial Nº 34.541).
  • Artículo, 202(Gaceta Oficial Nº 5.266 del 02-08-90) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
  • Resolución Nº 447 del 06-11-01 emanada del Ministerio Educación y Deporte. (Gaceta oficial Nº 37.324).
  • Decisión del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente. (Gaceta Oficial Extraordinaria Nª 5.745 del 15 de diciembre del 2.004)

¿CUÁLES SON SUS PRINCIPIOS?

Se basa en los siguientes principios:

·         Interés Superior del Niño y del Adolescente.

·         Gratuidad.

·         Confidencialidad.

·         Igualdad y No Discriminación.

·         Carácter orientador y no coactivo.

·         Solidaridad.

·         Responsabilidad social.

·         Seguridad social.

·         Carácter Orientador y no impositivo.
  • Igualdad y no discriminación.
  • Participación activa del niño.
  • Confidencialidad.
  • Gratuidad.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LOS SERVICIOS?


  • Los propios Niños y Adolescentes.
  • Sus familiares.
  • Cualquier persona que tenga conocimiento de una situación que afecte los derechos de los niños u adolescentes.

Las defensorías de niños y adolescentes deben tener un archivo de los casos recibidos, resueltos y  en trámite.


TIPOS DE SERVICIO


  • Orientación y apoyo interdisciplinario.
  • Estimular el fortalecimiento de los lazos familiares, a través de procesos no judiciales, promoviendo la conciliación y acuerdos entre las partes involucradas.
  • Orientación en los casos que ameriten la atención de otros programas y servicios.
  • Intervención como defensor de niños y adolescentes ante las instancias administrativas, educativas y comunitarias.
  • Propiciar encuentros, foros, talleres, equipos de trabajo... sobre aspectos sociales, jurídicos, doctrinales, y metodológicos relacionados con la Defensoría y los derechos de la infancia y adolescencia.
  • Difusión de los derechos de los niños y adolescentes, así como la educación de los mismos para la autodefensa de sus derechos.
LEYES
·         LOPNNA
·         Ley para la protección de niños, niñas y adolescentes en salas de uso de Internet, videojuegos y otros multimedia
·         Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad
·         Ley para la Prohibición de Videojuegos Bélicos y Juguetes Bélicos

¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?
Funciones de los (as) Defensores (as) Educativos (os) de Niños, Niñas y Adolescentes
·         Orientación y apoyo interdisciplinario a los niños, niñas y adolescentes y sus respectivas familias.
·         Atención de casos que ameriten la imposición de medidas de protección o que constituyan infracciones de carácter civil, administrativo o penal, a fin de orientarlos a la autoridad competente.
·         Atención de casos de Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención, llenar los formatos respectivos a fin de que el Juzgado de Protección de NNA le imparta la homologación correspondiente.
·         Orientación en los casos que ameriten la atención de programa y servicios.
·         Denuncia ante el Consejo de Protección o el Juez competente de las situaciones donde se constituyan infracciones de carácter civil, administrativo y penal.
·         Intervención como Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes ante las instancias administrativas, educativas y comunitarias.
·         Asesoramiento a las familias a través de procesos no judiciales para fortalecer los lazos familiares, para lo cual podrán promover conciliaciones entre cónyuge, padres y familiares en el cual las partes acuerden normas de comportamiento en materia tales como: Obligación Alimentaria, Régimen de Visitas, entre otros.
·         Asistencia Jurídica a Niños, Niñas y Adolescentes y a sus familias.
·         Creación y promoción de oportunidades que estimulen la participación de Niños, Niñas y Adolescentes en la toma de decisiones comunitarias o familiares que los afecten.
·         Recepción de denuncias de la Coordinación de Defensorías Educativas.
·         Difusión de los Derechos y Deberes de Niños, Niñas y Adolescentes en las Instituciones Educativas.
·         Asistencia a Niños, Niñas y Adolescentes en los trámites necesarios para la inscripción ante el Registro del Estado Civil y la obtención de sus documentos de Identidad.
·         Realizar charlas, talleres, foros dirigido a los Niños, Niñas y Adolescentes y a la comunidad en general sobre sus derechos y deberes.
·         Recepción de denuncias de parte del Sistema de Protección.
·         Garantizar que los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes no sean violados en las Instituciones Educativas.

¡HAY QUE ACLARAR!

¿Quién es un Niño?
   Toda persona con menos de doce (12) años.
¿Quién es un Adolescente?
   Toda persona con doce (12) años o más, y menos de dieciocho (18) años.
¿CUÁLES SON LAS INSTITUCIONES ATENDIDAS POR  LA DEFENSORÍA ESCOLAR DE LA COORDINACIÓN DEL MUNICIPIO ESCOLAR  MIRANDA?
Instituciones Educativas adscritas a Secretaría Bolivariana de Educación de la Gobernación Bolivariana del  Zulia.
PLANTEL                                                          
P.E. Abecedario del Niño ( Parroquia Altagracia)
U.E. Agueda Nava de Casanova ( Parroquia Altagracia)
P.E. Celia Olivares ( Parroquia Altagracia)
E.B. Dr. José Antonio Chaves ( Parroquia Altagracia)
U.E. León de Febres Cordero ( Parroquia Altagracia)
U.E. Luis Alfonso Luzardo ( Parroquia Altagracia)
U.E. Luis Celis ( Parroquia Altagracia)
U.E. Mtro. Eugenio Bracho ( Parroquia Altagracia)
U.E. Simón Bolívar( Parroquia Altagracia)
 P.E. El Rocío (N.E.R 209 B Sede Haticos del Sur Parroquia Ana María Campos)
U.E. Gral. Francisco de Miranda (Parroquia Ana María Campos)
U.E. Ana Etelvina Maldonado (N.E.R. 494 Parroquia Ana María campos)
U.E. Carmen Quiva de González  (N.E.R. 494 Parroquia Ana María campos)
U.E. José Magdaleno Tudares (N.E.R. 494 Parroquia Ana María campos)
U.E. Ambrosio Alfinger  (N.E.R. 494 Parroquia Ana María campos)
E.B. Boca del Palmar (C.E.R. 589 Parroquia Faría)
E.B. Guaruguarú (C.E.R. 589 Parroquia Faría)
P.E. Juana soto de Chacin  (C.E.R. 589 Parroquia Faría)
U.E. Mtro. Alejandro Inciarte  (C.E.R. 589 Parroquia Faría)
U.E. Mtro. Manuel Cueva Sivara (C.E.R. 589 Parroquia Faría)
U.E. Las Corianas (N.E.R. 494 Parroquia San Antonio)
U.E. El Guanábano ( C.E.R. 297 Parroquia San Antonio)
E.B. La Ceiba ( C.E.R. 297 Parroquia San Antonio)
U.E. Quiroz ( C.E.R. 297 Parroquia San Antonio)
E.B. Miranda (Parroquia San Antonio)
U.E. Las Bajaditas ( N.E.R. 209 B Parroquia San José)
U.E. Mtro. Antonio José Valbuena Méndez (N.E.R. 209 A Parroquia San José)
U.E. Los Membrillos (N.E.R. 209 A Parroquia San José)
U.E Br. José Trinidad Jiménez (Parroquia San José)
U.E. Juan Vicente González (Parroquia San José)
U.E. Vicenta Belloso (Parroquia San José)












                                  






2 comentarios:

Unknown dijo...

Buenas tardes me parece muy explicativo su exposion escrita en pocas escritura se entiende ,pero todaqvia esta vigente o hay nuevos lineamentos?

lanegafner dijo...

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